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La participación de los residentes en la asistencia continuada de los pacientes se deriva de los dos aspectos, docente y laboral, que definen su vinculación con el hospital. De un lado, las guardias cumplen una labor formativa encaminada al aprendizaje del manejo de las situaciones de urgencia y de la atención continuada del paciente. De otro, el residente está obligado a colaborar en las labores asistenciales del hospital, como contempla su contrato de Trabajo en Prácticas y por las que, en el caso de las guardias, recibe una remuneración específica. Durante todo el periodo de formación, el Residente estará adscrito a un determinado equipo de guardia que variará en función de su especialidad y año de residencia. La exposición detenida de cada caso particular resultaría excesivamente prolija, por lo que sólo se desarrollan aquí los aspectos generales.

Atendiendo al RD 183/2008 de 8 de febrero, los residentes se someterán a las indicaciones de los especialistas que presten servicios en los distintos dispositivos del centro o unidad, sin perjuicio de plantear a dichos especialistas y a sus tutores cuantas cuestiones se susciten como consecuencia de dicha relación.

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La supervisión será de presencia física y se llevará a cabo por los profesionales que presten servicios en los distintos dispositivos del centro o unidad por los que el personal en formación esté rotando o prestando servicios de atención continuada. Los mencionados especialistas visarán por escrito las altas, bajas y demás documentos relativos a las actividades asistenciales en las que…

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El MIR en su paso por el Servicio de Urgencias deberá adquirir un grado de responsabilidad progresivo, de acuerdo con niveles de responsabilidad y de prioridad. Nivel 1: las habilidades adquiridas permiten al MIR llevar a cabo actuaciones de manera independiente, sin necesidad de autorización directa. Por lo tanto, el residente ejecuta y después informa. Nivel 2: el residente tiene…

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De forma progresiva y tutelada, el residente se incorpora a las guardias de su Servicio a partir del segundo año de formación, totalmente o de forma parcial según la especialidad. En este último caso, se compaginan guardias de especialidad con guardias en el área de urgencias, siguiendo unas normas establecidas por la Comisión de Docencia que regulan sus proporciones y…

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Para las guardias del área de urgencias del Hospital General, el médico residente depende del Jefe Clínico de dicha unidad, quien dispondrá el lugar y tipo de trabajo a realizar, dentro de las normas generales acordadas con la Comisión de Docencia. En las guardias de especialidad dependerá del médico de guardia de plantilla del servicio correspondiente.

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Protocolo de Supervisión de las actividades asistenciales de los residentes en la UGC URGENCIAS

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Ver Anexo VII del Manual de Acogida EIR

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