Contratación Administrativa

Los proveedores pueden acceder al mercado a través de los expedientes de contratación que se inician desde la Dirección Corporativa, mediante Compras Centralizadas con un único proveedor o acuerdos marco con varios proveedores o desde la Plataforma, donde también se inician expedientes de contratación para la adquisición de bienes y servicios, enmarcados en fomentar la concurrencia y la transparencia. Para ello, la Subdirección de Contratación Administrativa de la PLS Sevilla tiene entre sus objetivos el alcanzar que el 75% de las compras se realicen mediante contratación administrativa.

 

 Contratación Administrativa. Evolución de expedientes por fases

Fase dic-2014 dic-2015 dic-2016 dic-2017
Cartera de proyectos 11 19 16 21
Elaboración del PPT 33 27 28 24
Aprobación del PPT 1 - - 0
Licitación 14 22 18 5
Mesas e informes 15 16 22 11
Adjudicación 2 8 28 1
Formalización de contrato 10 10 3 4
En vigor 68 94 125 164
TOTAL    154 196 240 230

 

La contratación administrativa se rige por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley, el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, así como el Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados.

Durante el último trimestre de 2017, las unidades de compra y contratación de la Plataforma Logística Sanitaria se han ido formando en la nueva ley de contratos del sector público (Ley 9/2017, con entrada en vigor en marzo de 2018), para la preparación de los expedientes de contratación que había que licitar durante 2018. Así mismo, se ha hecho un esfuerzo, durante el 2017, por incluir dentro del ámbito de aplicación del RDL 3/2011 un número importante de expedientes de contratación, de cara a amortiguar las dificultades que una ley nueva de esta envergadura supone.

Los criterios de adjudicación, en la medida de lo posible, se van uniformando según tipos de expedientes a través de los diferentes modelos de pliegos y del aplicativo SIGLO y, con carácter general, tienden a ser en su mayoría de valoración automática, mediante la aplicación de fórmulas. En cualquier caso el porcentaje atribuible a los criterios de valoración no automática o de juicio de valor, se limita a un 20% del total de criterios del pliego.

Por otro lado, hay constituidas en cada centro las Comisiones de Compras encargadas de evaluar los nuevos productos, desde la vertiente económica y técnica y del coste-efectividad. Estas comisiones fundan su trabajo en la GANT (Guía de adquisición de nuevas tecnologías: cuestionario de solicitud y criterios de evaluación), elaborado por la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias de Andalucía en 1999.